Como ya sabrás, la Agencia Tributaria tiene un servicio en internet a través del cual envían a los usuarios las notificaciones de forma electrónica. Esto se hace a través del buzón electrónico o Dirección Electrónica Habilitada, conocido como DEH.

Para el uso de estos servicios es imprescindible disponer de un DNI o Certificado Electrónico.

En el caso de que la notificación sea obligatoria, Hacienda podrá asignar de oficio una dirección electrónica habilitada para cumplir con esta obligación.

 

¿Qué usuarios reciben notificaciones electrónicas consideradas obligatorias por la AEAT?

  • Sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.
  • Usuarios inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no tengan nacionalidad española.
  • Usuarios que tributen en el Régimen Especial del Grupo de Entidades del IVA.
  • Usuarios que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto de Sociedades.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Contribuyentes del Registro de Grandes Empresas.
  • Usuarios que presenten declaraciones aduaneras por EDI.
  • Otros, como agrupaciones de interés económico, o fondos de capital o inversiones diversos, así como fondos de pensiones.

Las notificaciones electrónicas se entienden como realizadas tras 10 días naturales desde la fecha en que llega la notificación al buzón. Por ello, es recomendable acceder al menos cada 10 días al buzón de notificaciones. La no visualización de la notificación, no te exime de las consecuencias que pudieran derivarse tras la notificación.

Pero, ¿qué ocurre si me voy de vacaciones? ¿Cómo puedo evitar notificaciones en mi ausencia y posibles disgustos?

Para evitar estas situaciones, tienes una opción muy interesante en la Sede Electrónica de la AEAT: la Configuración de los días de cortesía.

¿Qué son los días de cortesía?

Así es como denomina la Agencia Tributaria al periodo de 30 días naturales que ofrece a los usuarios, durante el cuál no podrán recibir notificaciones en la dirección electrónica, derecho recogido en la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre.

Pero ojo, para poder disfrutar de estos días sin notificaciones, es necesario configurar previamente tu buzón electrónico.

¿Cómo puedo configurar los días de cortesía para evitar notificaciones en verano?

Si te vas a ir de vacaciones en agosto, y deseas marcar esa fecha como días de cortesía, deberás acceder a tu buzón electrónico y configurarlo para no recibir notificaciones durante los días que estés ausente. Esta solicitud tendrás que realizarla, al menos, 7 días antes de la fecha en que no deseas seguir recibiéndolas.

1. Para configurar los días de cortesía deberás acceder a la Sede Electrónica (por supuesto, deberás estar inscrito previamente en el DEH).

2. Accede a la sección “Mis Notificaciones”, que encontrarás en la parte superior derecha.

3. A continuación, haz clic en la opción “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada” (opción que podrás ver en la imagen que acompaña a este artículo). Te pedirá que introduzcas tu Certificado Digital.

4. Una vez dentro, podrás indicar en un calendario los días en que no te viene bien recibir notificaciones. Te aparecerá un contador de días, para que sepas cuantos días estás marcando y no superes el límite.

5. Disfrutar de esas merecidas vacaciones y a desconectar de todo.

Si te vas menos de los 30 días, puedes marcar el intervalo que te interese ahora. Debes saber que no es obligatorio coger los 30 días seguidos, podrás usar los días restantes para otro periodo que te pueda interesar dentro del año natural.

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Fuente: AEAT y Grupo 2000 – por Ángela Martínez Labrador