Las trabajadoras autónomas tienen derecho a la prestación por maternidad durante 16 semanas, pero tienen que seguir cotizando a la Seguridad Social durante ese periodo.
Las trabajadoras autónomas gozan de los mismos derechos que el resto de trabajadoras en el caso de maternidad. Al igual que las empleadas por cuenta ajena, las autónomas perciben una prestación del 100% de la base reguladora de cotización durante las 16 semanas que dura la baja maternal. Sin embargo, las trabajadoras por cuenta propia deben cumplir una serie de requisitos.
Para acceder a la prestación por maternidad, las autónomas deben estar dadas de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago de las cuotas. Además, tienen que haber cotizado un periodo mínimo que varía en función de la edad. Si son menores de 21 años, no es necesario haber cotizado; para las jóvenes entre 21 y 26 años es imprescindible haber cotizado al menos 90 días en los últimos siete años o 180 días en toda su vida laboral. Las mayores de 26 años sólo podrán acceder a la prestación si han cotizado durante 180 días en los 7 años anteriores al parto o 360 días a lo largo de su vida laboral.
Si se cumplen las condiciones, las trabajadoras autónomas tendrán derecho a una baja por descanso de 16 semanas, tanto en el caso de maternidad, como por adopción, acogimiento o tutela. La cuantía a percibir es del 100% de la base reguladora de la profesional, que será similar a la establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
En los casos de riesgo durante el embarazo o cuando la actividad de la autónoma influya negativamente en su salud o la del feto, la trabajadora tendrá derecho a una prestación económica derivada de contingencias profesionales que se prolongará hasta que pueda incorporarse a su actividad o se inicie el periodo de baja por maternidad.
También está contemplada la prestación por paternidad para los autónomos en términos similares a los de los trabajadores por cuenta ajena, aunque también deben cumplir los mismos requisitos de cotización que las autónomas. La prestación alcanza el 100% de la base reguladora y tiene una duración de 13 días naturales desde el parto.
#AVasesores #DespachoAV #Elche #Elx #Asesorías #DespachoAsesor #AsesoríaFiscal #AsesoríaContable #AsesoríaLaboral #AsesoríaProcesal #Profesionales #Maternidad #Autónomos #Paternidad #Hijos
Fuente: cincodías.com – por Yolanda Merlo
Leave A Comment
You must be logged in to post a comment.